Sin novedades de importancia
Sin novedades de importancia
Blanqueo - Confirmacion de datos - Su prorroga:
Se extiende hasta el 31/03/017 el plazo previsto para la presentación de la declaración jurada de confirmación de datos (Art.84 Ley 27260).
Inspeccion General de Justicia - Tasa Anual:
Se incrementan a partir del 1/1/2016 los importes anuales de las deducciones personales, según el siguiente detalle:
Se establece el día 25 de noviembre de 2016 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual de la Inspección General de Justicia, aplicable a las sociedades por acciones y de garantía recíproca.
Sin novedades de importancia
Secreto Fiscal - Declaraciones Juradas de impuestos:
Aquellos sujetos que deben informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) operaciones que resulten sospechosas, en el marco de la ley de prevención de delitos relacionados con el lavado de activos y/o financiación del terrorismo, deben abstenerse de solicitar a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos que hayan presentado ante la AFIP.
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Adhesión al Blanqueo:
La Provincia de Neuquén se adhiere al régimen voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior Ley 27260.
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Adhesión al Blanqueo:
La Provincia de Santa Fe se adhiere al régimen voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior Ley 27260.
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Régimen especial de regularización tributaria:
Se reglamenta el régimen especial de regularización tributaria para las obligaciones no prescriptas, devengadas y adeudadas al 30/6/2016, dispuesto por la Ley 5486 (Catamarca).
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Ingresos Brutos - Alícuotas - Contratos Derivados:
Se fija en 4% la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable sobre los ingresos provenientes de derechos y/u obligaciones emergentes de transacciones u operaciones con instrumentos y/o contratos derivados, cualquiera sea su naturaleza, tipo, finalidad, uso y/o intención en la operación, efectuadas por personas o entidades no sujetas a la ley de entidades financieras.
IMPORTANTE
Se recuerda que a partir de los pagos correspondientes al período OCTUBRE 2016 y de acuerdo a las diferentes categorías, los monotributistas y trabajadores autónomos, deberán cancelar los mismos utilizando alguna de las siguientes modalidades en forma obligatoria:
- Transferencia electrónica de fondos (Rg.1778)
- Débito Automático en tarjeta de crédito (Rg.1644)
- Débito en cuenta a través de cajeros automáticos (Rg.1206)
- Débito directo en cuentas bancarias (Rg.3936)
MES | CATEGORIA MONOTRIBUTO | CATEGORIA AUTONOMOS |
---|---|---|
Octubre 2016 | L - K | V - V^ |
Noviembre 2016 | J - I | IV - IV^ |
Diciembre 2016 | H | III - III^ |
IMPORTANTE
Se recuerda que a partir a partir del 1/11/2016 todos los contribuyentes que tributan por el régimen de Convenio Multilateral deberán confeccionar, presentar y abonar sus declaraciones mensuales (CM 03) y anuales (CM 05) mediante el sistema SIFERE Web -aprobado por la RG (CA) 11/2014-. Destacamos que quedan excluidos de las presentes disposiciones los contribuyentes que realicen sus presentaciones a través del formulario CM 04.
APLICATIVOS - NUEVAS VERSIONES
- "SICOSS - Versión 39 - Release 5".
- "Ganancias Personas Jurídicas - Versión 13. Release 0".
- "Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales" - Versión 17.0".
- "SICOSS - Versión 39 - Release 2".
- "Sicore - Versión 8.0 - Release 24".
- "AFIP - DGI - Régimen de Información de Compras y Ventas - Versión 1.0".
- "IVA - Versión 5.2 - Release 15".
- "Fideicomisos del País y del Exterior - Versión 1.0. Release 1".
- "Participaciones Societarias, Fondos Comunes de Inversión y Fundaciones y Asociaciones Civiles - Versión 4.0. Release 2."
- "SIFERE - Sistema Federal de Recaudación de Convenio Multilateral - Versión 4.0".
VENCIMIENTOS A TENER EN CUENTA
Fecha límite a efectos de la registración del "Domicilio Fiscal Electrónico" de carácter obligatorio para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos y para los agentes de recaudación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (sea ésta jurisdicción Sede o no), en virtud de lo establecido por la Resolución 405/2016 (AGIP). A dichos efectos se deberá contar con "Clave Ciudad".
Fecha límite para el pago a cuenta del 1% y el depósito de la moneda nacional o extranjera a efectos del acogimiento al Sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior (Ley 27.260).
Fecha límite para el acogimiento al Régimen de Facilidades de pago establecido por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley 5616) para obligaciones vencidas al 31/05/2016, el cual prevé condonación de un porcentaje de intereses y sanciones según la antigüedad de la deuda y adicionalmente posibilidad de pago en cuotas.
Fecha límite para el acogimiento al Régimen de Facilidades de pago para impuestos nacionales (Ley 27260 ? Rg. 3920) para obligaciones vencidas al 31/05/2016, el cual prevé condonación de un porcentaje de intereses y sanciones según la antigüedad de la deuda y adicionalmente posibilidad de pago en cuotas.